El concepto de inteligencia artificial se puede definir como máquinas que pueden imitar lo que los humanos pueden hacer, donde la capacidad de resolución de problemas inherente a los humanos también puede ser realizada por máquinas.
Hoy en día, el concepto de inteligencia artificial está ganando gradualmente un lugar en la vida humana en muchas áreas con el avance de la tecnología. Tanto es así que la inteligencia artificial puede aparecer en nuestras vidas en forma de automóviles sin conductor, motores de búsqueda por computadora,teléfonos inteligentes, robots aspiradores, etc., así como inteligencia artificial llamada AL, ChatGPT.
En este punto, ha pasado a primer plano la necesidad de determinar el estatus legal de la inteligencia artificial y su responsabilidad legal en el contexto de este estatus. Cuando se examinan las discusiones en este contexto, hay opiniones de que i) la inteligencia artificial debería permanecer como bienes/productos, ii) a la inteligencia artificial se le debería otorgar personalidad jurídica, o iii) la inteligencia artificial debería aceptarse como persona no humana, persona electrónica, humano artificial.
En la legislación europea, se acepta como visibilidad predominante que la inteligencia artificial es un «producto» ofrecido a usuarios finales y productores, y que los daños causados por dicho producto deben evaluarse dentro del ámbito de responsabilidad del productor. La Directiva 85/374 del Consejo Europeo sobre la responsabilidad del Productor es un ejemplo de esta visión.
En la Legislación turca, la Ley de Seguridad de Productos y Reglamentos Técnicos No.7223, que entró en vigor el 12 de marzo de 2021, define los bienes intangibles y, por lo tanto, los sistemas de inteligencia artificial como «productos». Como resultado del paralelismo entre la Directiva europea y la UGTDK, aunque predomina la opinión de que el fabricante puede ser considerado responsable de los daños causados por la inteligencia artificial, por el momento no existe una regulación específica sobre responsabilidad.
Además, un informe del Parlamento Europeo publicó una serie de propuestas y recomendaciones en cuanto a la concesión de personalidad a las IA. El informe es el primer documento oficial que propone el estatus de personalidad para una entidad de IA, y también introdujo el concepto de «personalidad electrónica».
En la evaluación de la inteligencia artificial en términos de responsabilidad penal, dado que está fuera de discusión castigar la inteligencia artificial o una máquina conectada a ella, castigar al fabricante, programador, propietario o usuario por sus acciones no estaría en consonancia con el principio de «responsabilidad penal individual».
Por ello, en primer lugar, se debe incluir claramente en la ley la definición de los delitos y sanciones que puede cometer la inteligencia artificial y, en consecuencia, se debe tomar como base de sanción al fabricante, programador, propietario o usuario de algoritmos que puedan dañar a personas con dolo o negligencia. En este contexto, es importante garantizar la transparencia en las fuentes de datos. Documentar claramente de dónde provienen los datos, cómo se recopilan y por qué proceso previo pasan facilitará la identificación y reducirá posibles prejuicios.
Como resultado, la falta de una regulación paralela dentro del ámbito de la legislación nacional e internacional continúa el debate sobre la naturaleza jurídica y la responsabilidad de la inteligencia artificial. Como resultado de la propagación y el desarrollo impredecibles de la inteligencia artificial, es obvio que ha aumentado la necesidad de estatutos legales.