La Ley Turca, específicamente el Código Civil Turco, estipula las siguientes condiciones para la adopción:
- El menor debe haber sido cuidado y educado por el adoptante durante un período de un año.
- La adopción debe ser siempre en el mejor interés del menor y no debe perjudicar injustamente los intereses de los otros hijos/as del adoptante.
- El adoptado/a debe ser al menos 18 años más joven que el/la adoptante.
- Un menor con capacidad de discernimiento no puede ser adoptado sin su consentimiento.
- Un menor bajo tutela puede ser adoptado con el permiso de las autoridades de tutela, independientemente de su capacidad de discernimiento.
- La adopción requiere el consentimiento de los padres biológicos del menor.
- Los cónyuges solo pueden adoptar juntos; las personas solteras no pueden hacerlo conjuntamente. Una persona soltera puede adoptar si tiene más de treinta años.
- Los cónyuges deben haber estado casados durante al menos cinco años o tener por lo menos treinta años de edad. Sin embargo, un cónyuge puede adoptar al hijo/a del otro si han estado casados durante al menos dos años o si el cónyuge adoptante tiene por lo menos treinta años.
Una persona discapacitada puede ser adoptada bajo las siguientes condiciones y con el consentimiento explícito de los descendientes del adoptante:
- Necesite asistencia continua debido a una discapacidad física o mental y haya sido cuidado/a y supervisado/a por el adoptante durante al menos cinco años.
- Haya sido cuidado/a, supervisado/a y educado/a por el adoptante durante al menos cinco años cuando era menor de edad.
- Existan otras razones justificadas y el adoptado/a haya vivido con el adoptante en un entorno familiar durante al menos cinco años.
De acuerdo con la Ley de Derecho Internacional Privado y Procedimiento, la elegibilidad y las condiciones para que los extranjeros adopten están sujetas a la legislación nacional de cada parte en el momento de la adopción. Por lo tanto, el adoptado debe cumplir con las condiciones de adopción según su propio sistema legal. En los casos de adopción y ser adoptado, el consentimiento del otro cónyuge se rige por las leyes nacionales de los cónyuges aplicadas conjuntamente. Las disposiciones de adopción están sujetas a la ley nacional del adoptante y, en los casos en que los cónyuges adopten juntos, está sujeta a la ley que rige las disposiciones generales del matrimonio.
Siguiendo las condiciones y disposiciones mencionadas, se inicia un proceso legal de adopción con la solicitud de establecer una relación adoptiva.