El Reglamento de Implementación de la Ley de Trabajo Internacional Núm. 6735 («Reglamento») entró en vigor con su publicación en el Boletín Oficial con fecha 02.02.2022 y número 31738. De acuerdo con el Artículo 68 del Reglamento, se derogó la Implementación del Reglamento de la Ley sobre Permisos de Trabajo para Extranjeros de fecha 29/8/2003.
Con el «Reglamento de Enmienda al Reglamento de Implementación de la Ley de Trabajo Internacional» publicado en el Boletín Oficial con fecha 15.10.2024 y número 32693, se realizaron cambios y adiciones al Reglamento sobre extranjeros que estarán exentos de permisos de trabajo, la solicitud de exención de permisos de trabajo y algunos otros temas.
En el Reglamento de Enmienda al Reglamento de Implementación de la Ley de Trabajo Internacional, la frase «seis meses» en el subpárrafo (h) del primer párrafo del Artículo 48 del Reglamento de Implementación de la Ley de Trabajo Internacional se cambió a «tres años», la frase «con una visa legítima deportiva» en el subpárrafo (k) del mismo párrafo fue derogada y se agregaron los siguientes párrafos al mismo párrafo:
«(ş) Aquellos reportados por el Ministerio del Interior dentro del alcance de los Artículos 46 y 91 de la Ley Núm. 6458, dentro del alcance y los períodos especificados en la notificación,
t) Siempre que la Presidencia de Comunicación Presidencial tenga la opinión adecuada, los miembros de la prensa extranjera que lleguen dentro del alcance de la tarjeta de prensa permanente durante sus funciones,»
Esta frase se analiza a continuación:
Con la nueva enmienda al subpárrafo “h” del Artículo 48 del Reglamento, «h) Extranjeros que sean reportados por las instituciones y organismos públicos relevantes como capaces de proporcionar servicios y contribuciones significativos a Turquía en los campos económico, sociocultural y tecnológico y educativo (Frase modificada: RG-15/10/2024-32693) hasta tres años». Mientras que el período aquí era «6 meses», se cambió a «3 años» con el nuevo reglamento. La notificación especificada será realizada por las instituciones y organismos públicos. Por lo tanto, esta institución u organización será apreciada por ser extranjera y proporcionar servicios y contribuciones importantes a Turquía.
El subpárrafo k del Artículo 48 del Reglamento, «Siempre que haya una opinión adecuada del Ministerio de Juventud y Deportes o de la Federación Turca de Fútbol (Frase derogada: RG-15/10/2024-32693), atletas profesionales extranjeros y entrenadores, médicos deportivos, fisioterapeutas deportivos, mecánicos deportivos, masajistas deportivos o similares que lleguen a Turquía, durante sus contratos con las federaciones y clubes deportivos extranjeros», la frase «visa legítima deportiva» en la nueva forma ha sido derogada. Se agregan los subpárrafos «ş» y «t» al mismo artículo.
Con la enmienda, se agregó el subpárrafo «ş» al reglamento, «ş) Aquellos reportados en el sistema por el Ministerio del Interior dentro del alcance de los Artículos 46 y 91 de la Ley Núm. 6458, dentro del alcance y los períodos especificados en la notificación,» La Ley Núm. 6458 es la Ley sobre Extranjeros y Protección Internacional («Ley Núm. 6458») y el 46º Permiso de Residencia Humanitaria titulado Permiso de Residencia Humanitaria. En el artículo; los permisos humanitarios otorgados por las gobernaciones pueden ser aprobados y extendidos por la Dirección General, siempre que estén limitados a los períodos determinados por el Ministerio del Interior. Los permisos humanitarios se encuentran en los siguientes párrafos:
“a) En caso de alto beneficio para el niño
b) Cuando se haya tomado una decisión de deportación o prohibición de entrada contra ellos, cuando los extranjeros no puedan ser obligados a abandonar Turquía o cuando no se considere razonable o posible abandonar Turquía
c) Cuando no se tome una decisión de deportación sobre el extranjero de acuerdo con el Artículo 55
ç) Al solicitar el proceso judicial contra las transacciones realizadas de acuerdo con los Artículos 53, 72 y 77
d) Durante la continuación del proceso de devolución del solicitante al primer país de asilo o país tercero seguro
e) Cuando los extranjeros que se les permite entrar y permanecer en Turquía por razones urgentes o en términos de orden público y seguridad pública con la protección de los intereses del país no se les permita obtener uno de los otros permisos de residencia debido a su situación que constituye un obstáculo para la emisión de un permiso de residencia
f) En casos excepcionales,».
El Artículo 91 de la Ley Núm. 6458 regula el estatus de protección temporal. El Artículo 91º de la Ley Núm. 6458 establece, «Se puede proporcionar protección temporal a extranjeros que se vean obligados a abandonar su país, no puedan regresar al país que dejaron, lleguen a las fronteras en masa o crucen las fronteras para encontrar protección urgente y temporal.
2) La admisión de estas personas a Turquía, su estadía en Turquía, sus derechos y obligaciones, las acciones a tomar al salir de Turquía, la cooperación y coordinación entre instituciones y organizaciones nacionales e internacionales con las medidas a tomar contra movimientos masivos, la determinación de los deberes y autoridades de las instituciones y organizaciones que trabajarán en el centro y provincias, está regulado por el reglamento que emitirá el Presidente.» Declarado.
En este contexto, con la última enmienda realizada al Reglamento, el 46º y 91º Artículo de la Ley Núm. 6458 mencionados anteriormente. Aquellos incluidos en los artículos son notificados por el Ministerio del Interior a través del sistema y estarán dentro del alcance de la exención del permiso de trabajo en el alcance y los períodos especificados por notificación.
Como se indica en el subpárrafo “t”, «Opinión adecuada de la Presidencia de Comunicación, miembros de la prensa extranjera que lleguen dentro del alcance de la tarjeta de prensa permanente durante sus funciones,» los extranjeros dentro del alcance también serán evaluados dentro del alcance de la exención del permiso de trabajo.
La solicitud de permiso de trabajo se realizará dentro de los períodos legales que el extranjero esté autorizado a permanecer en Turquía.
El primer párrafo del Artículo 53 del Reglamento se enmienda a «(1) Para extranjeros que hayan obtenido una exención de permiso de trabajo dentro del alcance de los subpárrafos (b) y (c) del primer párrafo del Artículo 48, no se puede realizar una nueva solicitud dentro del alcance de la misma exención durante seis meses desde la fecha de emisión, y durante el período de doce meses para otras exenciones de permiso de trabajo, (i) el año calendario se toma como base para los extranjeros que hayan obtenido exención de permiso de trabajo dentro del alcance de los subpárrafos.»
El Artículo 48 del Reglamento, subpárrafos b y c, «b) Extranjeros que vendrán con el propósito de instalación, mantenimiento y reparación, uso de maquinaria y equipo exportados desde Turquía o importados a Turquía o con el propósito de capacitación sobre el uso de bienes y equipos importados a Turquía o con el propósito de recibir el equipo o reparar vehículos defectuosos en Turquía hasta un total de tres meses, c) Proveer servicios transfronterizos hasta tres meses.»
Con la enmienda, según el artículo del Artículo 53 del Reglamento y los subpárrafos (b) y (c) dados anteriormente, los extranjeros que tienen un permiso de exención de trabajo están sujetos a un período de 6 meses para volver a solicitar dentro del mismo alcance de exención. Este período comienza desde la fecha de la exención previa. Para la exención de otros permisos de trabajo, se requiere un período de 12 meses.
El Artículo 53 del Reglamento, «(6) Aquellos dentro del alcance del subpárrafo (ş) del primer párrafo del Artículo 48 se consideran dentro del alcance de la exención de permiso de trabajo dentro del alcance y los períodos especificados en la notificación, con excepciones de los Artículos 49, 50 y 51, solo se emite un formulario de información de exención de permiso de trabajo para aquellos dentro de este alcance.
(7) Los procedimientos y principios relacionados con el sexto párrafo son determinados conjuntamente por el Ministerio y el Ministerio del Interior.»
Los Artículos 49, 50 y 51 del Reglamento regulan respectivamente la solicitud de exención de permiso de trabajo, la evaluación de la solicitud de exención de permiso de trabajo y los períodos para la exención de permiso de trabajo. Según la versión modificada del Artículo 53, la exención de permiso de trabajo de las personas que están dentro del alcance del permiso de residencia humanitaria y protección temporal dentro de los artículos incluidos en el subpárrafo «ş» del Artículo 48 será evaluada dentro del período y alcance que se especificará en las notificaciones realizadas por el Ministerio del Interior. Se prevé que solo se emita el formulario de exención de permiso de trabajo para estas personas.