De conformidad con la Ley de Propiedad Industrial Nº 6769 («IPL»), un empleado es una persona que, bajo un contrato de derecho privado o una relación legal similar, está al servicio de otra persona y está obligado a cumplir con esta relación de servicio hacia un empleador en una dependencia personal en relación con un trabajo específico asignado por el empleador, o un funcionario público.
El «Reglamento sobre Invenciones de Empleados, Invenciones Realizadas en Instituciones de Educación Superior e Invenciones Derivadas de Proyectos con Apoyo Público» («Reglamento»), que entró en vigor tras ser publicado en el Boletín Oficial con fecha 29.09.2017 y número 30195, estipula diversos derechos y obligaciones para empleadores y empleados con respecto a las invenciones de empleados.
Invenciones de Servicio
Según la IPL, las invenciones de servicio son aquellas realizadas por un empleado en el curso de su empleo en una empresa o administración pública como resultado de una actividad obligatoria, o aquellas realizadas durante la relación laboral dentro de los límites operativos del lugar de trabajo, basándose en gran medida en la experiencia y el trabajo de la empresa o administración pública. Las invenciones que no califican como invenciones de servicio se denominan invenciones libres bajo la IPL.
Derechos y Obligaciones de las Partes en las Invenciones de Servicio
En caso de que la invención sea realizada por el empleado, las partes tienen ciertos derechos y obligaciones relacionadas con la notificación, el pago de compensación, la presentación de una solicitud de patente y la confidencialidad.
Obligaciones del Empleado
1. Obligación de Notificación
La IPL impone una obligación de notificación al empleado tanto para las invenciones libres como para las de servicio. Según la IPL, esta notificación debe ser realizada por el empleado sin demora.
La invención puede ser notificada al responsable designado por el empleador o directamente al empleador. La notificación que debe realizar el empleado(s) que hizo la invención debe explicar cómo se realizó la invención, qué recursos y experiencia del lugar de trabajo se utilizaron y las personas que contribuyeron a la invención. Si no se notifica al empleador, el empleado será responsable de los daños que surjan, conforme al Artículo 5/7 del Reglamento.
El empleador tiene el derecho de realizar una reclamación total o parcial por escrito dentro de los cuatro meses posteriores a la notificación del empleado al empleador. Si no se realiza la notificación mencionada, la invención se convierte en una invención libre. En las invenciones libres, la titularidad del derecho pertenece exclusivamente al inventor.
2. Obligación de Confidencialidad
El empleado está obligado a mantener la confidencialidad de la invención de servicio a menos que califique como una invención independiente.
Derechos y Obligaciones del Empleador
1. Obligación de Solicitud
El empleador está obligado a presentar una solicitud de patente ante la Oficina de Patentes de Turquía para las invenciones para las que se reclama la titularidad completa. Sin embargo, si se considera que la invención debe mantenerse como un secreto comercial, el empleador puede abstenerse de presentar una solicitud.
2. Obligación de Pagar Remuneración
Si se reclama un derecho sobre la invención de servicio en su totalidad o en parte, el empleador está obligado a pagar una remuneración razonable al empleado. Al determinar la remuneración, los factores relevantes son el valor económico de la invención de servicio, el cargo del empleado en la empresa y la contribución de la empresa a la realización de la invención de servicio. En caso de que la invención de servicio sea realizada por más de un empleado, la remuneración y el método para su pago deben evaluarse por separado para cada empleado.
Sin embargo, si el empleador reclama la titularidad completa, es obligatorio, según el Artículo 7 del Reglamento, pagar al empleado un premio de incentivo independiente de la remuneración.
3. Confidencialidad
El empleador está obligado a respetar la confidencialidad de la invención a menos que reclame derechos completos sobre la invención del empleado.
Conclusión
Cuando un empleado realiza una invención, surgen diversos derechos y obligaciones tanto para el empleado como para el empleador. Es obligatorio que el empleado notifique al empleador sin demora, independientemente de la naturaleza de la invención. Si se reclama la titularidad completa, el empleador, como regla general, estará obligado a presentar una solicitud de patente para la invención. Sin embargo, en caso de que el empleador reclame la titularidad, el empleado tiene derecho a exigir una remuneración del empleador. Es crucial obtener asesoramiento legal de profesionales para que estos procesos se lleven a cabo debidamente y sin pérdida de derechos.