El 5 de enero de 2023, la Comisión Europea publicó la Directiva sobre informes de sostenibilidad empresarial (CSRD), que sustituye a la Directiva sobre informes no financieros (NFRD). Las empresas que cumplan dos de los siguientes criterios entran en el ámbito de aplicación de la CSRD:
- Tener un volumen de negocios anual superior a 40 millones de euros,
- Un balance total superior a 20 millones de euros,
- Tener una media anual de más de 250 empleados.
Con el CSRD, las empresas incluidas en su ámbito de aplicación están obligadas a integrar el deber de diligencia en sus políticas empresariales. Esto implica la obligación de las empresas de identificar los impactos sociales y medioambientales de sus operaciones, prevenir y mitigar los posibles efectos adversos, eliminar los impactos negativos existentes y notificarlos.
Las empresas de fuera de la UE que generen más de 150 millones de euros de facturación neta y tengan una filial o sucursal en la UE también estarán sujetas a la obligación de informar sobre sostenibilidad.
El Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB), creado en el seno de la Fundación de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), publicó en junio de 2023 dos normas internacionales relativas a la elaboración de informes de sostenibilidad: «IFRS S1-General Requirements for Disclosure of Sustainability-related Financial Information» e «IFRS S2-Climate-related Disclosures». Los principales elementos de la información general sobre sostenibilidad y la relacionada con el clima se prevén como gestión de riesgos y oportunidades, estrategia, gestión de riesgos, métricas y objetivos.
Recientemente, Francia se ha convertido en el primer país en incorporar el CSRD a su legislación nacional. Aunque aún no se ha concretado el alcance de la normativa legal introducida por Francia, se ha establecido la obligatoriedad de que los informes CSRD sean asegurados por auditores externos, con penas de hasta 30.000 euros y prisión de hasta 2 años por no designar a un auditor o a una organización tercera independiente, y de hasta 75.000 euros y prisión de hasta 5 años por obstruir la actividad auditora.
Otros Estados miembros de la UE tienen de plazo hasta el 6 de julio de 2024 para transponer la CSRD a sus legislaciones nacionales. Actualmente, los Países Bajos y España han elaborado proyectos de ley relacionados con el proceso, pero aún no han entrado oficialmente en un proceso de adaptación.
Para obtener información sobre la regulación de la elaboración de informes de sostenibilidad corporativa en Türkiye, puede consultar nuestro artículo titulado «Prácticas de elaboración de informes de sostenibilidad corporativa en Türkiye.»