Vivimos en una época en la que la globalización impregna todos los aspectos de nuestra vida, con implicaciones inevitables para los negocios y el comercio internacional. Cada vez más, nos encontramos con transacciones comerciales que involucran a dos partes extranjeras. Estamos presenciando una disminución de la importancia de la identidad nacional en las políticas de comercio exterior.
A medida que la globalización del comercio aumenta las disputas entre partes de diferentes países, la legislación aplicable en caso de una disputa comercial sigue siendo un tema de debate. Aunque las partes en disputa pueden decidir la jurisdicción competente en casos específicos basándose en su legislación nacional y acuerdos de conciliación, todavía deben considerar si la decisión de la jurisdicción será aplicable más allá de las fronteras nacionales. Las órdenes pueden ser ejecutadas mediante reconocimiento y ejecución en otros países; sin embargo, este procedimiento es largo y complicado, lo que desanima la inversión internacional.
Además, los sistemas legales no pueden seguir el ritmo de la aceleración de los negocios. ¿Existe una alternativa? Aunque el arbitraje suele considerarse una alternativa al litigio, todavía requiere un proceso de juicio e investigación. Este método puede ofrecer varias ventajas según los hechos del caso; sin embargo, aún no es una alternativa conveniente al litigio. En este caso, la mediación se presenta como la opción de resolución alternativa de disputas más viable, permitiendo a las partes reconciliarse sin detener sus negocios para procedimientos legales, independientemente de si tienen razón o están equivocadas.
Cuando las partes en la mediación provienen del mismo país, las condiciones acordadas estarán sujetas a la legislación nacional aplicable. Sin embargo, si provienen de diferentes países y se viola una de las disposiciones mediadas, debemos considerar cómo se aplica el acuerdo de conciliación a la otra parte y en qué medida es ejecutable.
En este contexto, la Convención de Singapur sobre la Mediación ofrece una opción viable, permitiendo que los acuerdos mediados se ejecuten en cualquier lugar del mundo. La Convención entró en vigor en Turquía el 11 de abril de 2022. Con la Convención, las partes en disputa podrán beneficiarse del método de mediación, que es una alternativa más práctica al litigio, incluso si provienen de diferentes países, fomentando que individuos y entidades extranjeras inviertan en Turquía con mayor confianza.