a) ¿Qué es una sociedad de gestión de activos?
Las sociedades de gestión de activos son empresas creadas mediante la obtención de un permiso conforme a la legislación aplicable para la compra, cobro y reventa de los derechos de cobro y otros activos de las empresas que los ceden para tales fines. Se hacen cargo de los derechos de cobro que constituyen las carteras de préstamos morosos de las organizaciones financieras, en particular los bancos, y se especializan en el proceso de cobro de dichos derechos. Al ser fundamentales para el funcionamiento del sistema financiero, las empresas de gestión de activos proporcionan ventajas a quienes no pueden cobrar sus créditos, así como a quienes tienen dificultades para pagar sus deudas por préstamos.
b) Proceso de cobro
El proceso de cobro de una sociedad de gestión de activos comienza con una oferta de pago al deudor. Si se acuerda el plan de pago con el deudor, se le envía una notificación por escrito, que debe incluir la información de que la deuda ha sido pagada o que se liquidará si se paga. Estas notificaciones deben hacerse por escrito o a través de dispositivos permanentes de almacenamiento de datos, quedando registradas y almacenadas para que tengan validez legal.
Para garantizar la seguridad jurídica, el proceso de cobro debe ser transparente y respetar los derechos de ambas partes. Las empresas de gestión de activos están obligadas a completar el proceso de cobro de forma adecuada y eficaz sin violar los derechos de los deudores. Si el deudor no salda la deuda, será necesario emprender acciones legales, pero cualquier acción debe cumplir la Ley de Protección de Datos Personales nº 6698 (la «KVKK») junto con otras normativas pertinentes.
c) Análisis con respecto a la KVKK
Una sociedad de gestión de activos puede tratar los datos del número de teléfono del deudor, que son los datos personales del deudor, sin el consentimiento explícito del deudor según el subapartado (e) del apartado (2) del artículo 5 de la Ley núm. 6698 si hay un nuevo crédito. 6698 si hay un nuevo acreedor de los préstamos tomados por el deudor de los bancos pertinentes para evitar que el deudor pague las deudas a los acreedores anteriores e informar al deudor de las facilidades que le proporcionarán las partes pertinentes y de los riesgos legales a los que puede enfrentarse el deudor en caso de impago de la deuda de conformidad con el artículo 186 de la Ley nº 6098. [Consejo de Protección de Datos Personales, Decisión nº: 2020/429, Fecha de la Decisión: 28.05.2020]. No obstante, a este respecto, las sociedades de gestión de activos deben identificar con precisión la identidad y los datos de contacto del deudor.
A excepción de las personas que deseen pagar la deuda, asumir la deuda o participar en la deuda o en el contrato, ya sea poniéndose en contacto directamente con la empresa utilizando los datos de comunicación facilitados al deudor por las sociedades de gestión de activos o dando su consentimiento con el deudor en el momento de la comunicación con el mismo, no se podrá revelar en modo alguno información relativa a la deuda a terceros no autorizados, y no se podrá contactar con dichas personas. Otra cuestión importante es la información facilitada a los familiares del deudor. Si la persona contactada es el cónyuge del deudor o el avalista de la deuda, existe una base legítima para informarles de los detalles de la deuda, ya que estas personas pueden ser consideradas responsables de la deuda. Las personas que viven en la misma vivienda que el deudor y se verán directamente afectadas por cualquier procedimiento de embargo (como descendientes y ascendientes) también pueden ser informadas a este respecto. De lo contrario, informar a otras partes sobre la deuda violaría la intimidad del deudor. Los familiares del deudor y las personas que se considere que tienen un motivo legítimo para conocer la deuda pueden ser informados en la medida de su motivo legítimo.
Otra cuestión es la forma de acceder a la información de contacto de los familiares del deudor para su notificación. La Junta ha detectado que se utilizan determinados programas informáticos y aplicaciones para consultar los datos personales de los ciudadanos, como la identidad y los datos de contacto, a través de datos obtenidos por diversos medios. El uso de dichos programas infringe lo dispuesto en el artículo 12 de la KVKK sobre las obligaciones de los responsables del tratamiento en materia de seguridad de los datos.
En este contexto, la Decisión de la Junta nº 2020/429 de 28.05.2020 establece que, «obtener los números de teléfono del hermano y los colegas del deudor en un asunto que sólo puede suponerse y no puede probarse plenamente, y después revelar los detalles de la deuda del denunciante, es decir, sus datos personales, a estas personas constituye una violación de las disposiciones de la Ley. Así pues, se considera que el responsable del tratamiento ha incumplido la obligación de adoptar todas las medidas técnicas y administrativas necesarias para impedir el tratamiento ilícito de los datos personales y el acceso ilícito a los mismos, así como para garantizar un nivel de seguridad adecuado para la protección de los datos personales.»
Por ello, la Sala considera ilícito obtener los datos personales de los familiares del deudor y revelar los datos de la deuda del deudor a dichos familiares, sin una explicación razonable y vulnerando los motivos de tratamiento establecidos en el artículo 5 de la Ley.
La Junta también ha aclarado las quejas relativas a los múltiples SMS enviados por las sociedades de gestión de activos para el cobro de créditos. Así, el envío de un SMS «con lafinalidad de evitar que el deudor pague las deudas a los acreedores anteriores e informar al deudor de las facilidades que le van a proporcionar las partes pertinentes y de los riesgos legales a los que se puede enfrentar el deudor en caso de impago de la deuda» será un tratamiento de datos lícito basado en el subapartado (e) del apartado 2 del artículo 5 de la Ley, que se refiere a la necesidad de «tratamiento de datos para el establecimiento, ejercicio o protección de un derecho.» Sin embargo, el envío por parte de la Empresa de múltiples SMS a un número de teléfono obtenido lícitamente en diferentes momentos para la misma deuda, es decir, el envío de múltiples mensajes del mismo contenido al número de teléfono del interesado en diferentes fechas, constituye un abuso del derecho del responsable del tratamiento. Esta situación vulnera además el principio de adecuación a derecho y buena fe en el tratamiento de datos personales, recogido en el apartado a) del párrafo 2 del artículo 4 de la Ley.
d) Análisis con respecto a los consumidores financieros
El proceso de cobro de deudas está sujeto a una normativa especial en materia de consumidores financieros. La Ley de Protección de los Consumidores y la KVKK protegen los derechos de comunicación de los deudores. Las empresas de gestión de activos sólo pueden ponerse en contacto con los deudores entre las 09:00 y las 20:00 horas si no han saldado sus deudas a pesar de habérseles notificado su existencia. El contacto está prohibido los fines de semana y festivos. También hay un límite en el número de veces que se puede contactar con el deudor. Así, sólo se permiten tres llamadas telefónicas y un SMS al día. Estas limitaciones protegen los derechos personales del deudor y evitan un contacto excesivo.
Las empresas de gestión de activos no pueden procesar los datos personales del deudor sin autorización ni revelarlos a terceros mientras se comunican con él. El artículo 4 de la KVKK establece que el tratamiento de datos personales debe ajustarse a la ley y a la buena fe. Por tanto, la divulgación no autorizada del número de teléfono del deudor a terceros infringe esta disposición.
Además, ponerse en contacto varias veces con el deudor sin su consentimiento es contrario al artículo 5 de la KVKK y a la Ley de Protección de los Consumidores. Durante la comunicación, debe obtenerse y registrarse explícitamente el consentimiento del deudor. De lo contrario, los datos personales del deudor serán tratados ilegalmente.
Otra cuestión importante es la frecuencia de los SMS y las llamadas telefónicas al deudor. En caso de impago, las empresas no deben realizar más de tres llamadas al día desde distintos números de teléfono. Del mismo modo, el envío de múltiples SMS debe mantenerse dentro de los límites legales. Si se localiza al deudor, la siguiente llamada o contacto debe posponerse durante al menos cinco días hábiles sin el consentimiento explícito del deudor, lo cual es necesario para proteger los datos personales y los derechos personales del deudor según el artículo 6 de la KVKK.
e) Conclusión
Los procesos de cobro de las sociedades de gestión de activos son cruciales para proteger el funcionamiento del sistema financiero y los derechos personales de los deudores. La KVKK y la Ley de Protección de los Consumidores establecen medidas para proteger los datos personales y los derechos de comunicación de los deudores. Las empresas de gestión de activos deben cumplir esta normativa al comunicarse con el deudor, proteger los datos personales del deudor y actuar dentro de los límites legales, lo que no sólo es una obligación legal, sino también fundamental para el establecimiento de la confianza en el sector. De este modo, se protegen los derechos de deudores y acreedores con un proceso de cobro justo y transparente.